A raíz de anunció una revisión de la política de privacidad, cookies y sus términos de uso de Facebook los países integrantes del Grupo de Contacto (España, Francia, Holanda, Alemania y Bélgica) han iniciado sus propios procedimientos nacionales.
EN ALEMANIA
La Autoridad de Hamburgo competente en materia de protección de datos ha emitido dos órdenes diferentes relacionadas con el Grupo Facebook:
• La primera por el uso de seudónimos. Facebook apeló contra la decisión y el Tribunal dio la razón al Grupo Facebook.
• La segunda orden consistió en que requerir al Grupo Facebook para que dejara de combinar datos de los usuarios de WhatsApp sin su consentimiento previo. El 25 de abril de 2017, el Tribunal confirmó la validez de esta orden.
EN FRANCIA
La autoridad francesa en materia de protección de datos impone a Facebook Inc. y Facebook Ireland Limited la sanción de 150.000 euros por las siguientes conductas:
• Combinar la información de la que dispone con los titulares de las cuentas con la finalidad de mostrar publicidad específica.
• Realizar un seguimiento ilegal de los usuarios de internet a través de la cookie datr.
EN HOLANDA
La Autoridad Holandesa de Protección de Datos ha concluido en su investigación que el Grupo Facebook viola la legislación holandesa en materia de protección de datos por las siguientes conductas:
• Entre otras violaciones, no ofrecer información suficiente a los titulares sobre el uso de sus datos de carácter personal.
• Utilizar datos personales de los usuarios sin su consentimiento explícito como por ejemplo las preferencias sexuales para mostrar anuncios.
La Autoridad holandesa valorará si las violaciones han cesado y en caso contrario podría sancionar a Facebook.
EN BÉLGICA
La autoridad belga en materia de protección de datos ha emitido diversas recomendaciones a Facebook y ha solicitado la ejecución judicial de sus recomendaciones ante el Tribunal de Primera Instancia de Bruselas al considerar que se incumpliendo la legislación belga y de la UE sobre protección de datos por las siguientes conductas:
• Realizar un seguimiento no ajustado a derecho de usuarios y no usuarios de Facebook a través de cookies, plug-ins sociales y píxeles, procediendo a recopilar datos de los usuarios de excesiva.
• No se ha recabado el consentimiento de los titulares cumpliendo con los requisitos legales.
• No informar de forma clara que datos se van a recoger y la finalidad.
ESPAÑA
La AEPD sanciona a FACEBOOK, INC con 300.000 euros por una infracción grave, 300.000 por otra infracción grave y 600.000 una infracción muy grave de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), lo que constituye un importe total de 1.200.000 euros si quieres saber más pincha aquí.