TU WEB DEBE ESTAR DENTRO DE LA LEGALIDAD

Nuestros servicios incluyen un análisis de tu web corporativa, así como el uso de redes sociales para determinar el alcance del tratamiento de datos (tipo de tratamiento y usos previstos), incluyendo el análisis de identificadores de sesión en forma de «cookies» que pueden ser utilizados para elaborar perfiles de las personas físicas e identificarlas.

Nuestro objetivo es facilitarte las medidas oportunas para que dicho tratamiento se realice conforme a la normativa de protección de datos, así como a la Ley de Sociedad de la Información y Comercio Electrónico: aviso legal, política de privacidad, política de cookies, clausulado informativo, entre otros.

  1. Analizamos tus obligaciones redactando la Política de Seguridad de tus páginas web y emitiendo un Informe preciso sobre la resolución de problemas y las recomendaciones adecuadas.
  2. Revisamos y redactamos los contratos con terceros, leyendas y cláusulas en relación a la cultura empresarial o social de cada Organización.
  3. Auditamos el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las implantaciones, tanto con una Actuación Única como con la Actuación Periódica.

Los objetivos de nuestro servicio son:

  • Proteger los derechos de los usuarios con arreglo a los principios fundamentales de Información, Transparencia y Privacidad
  • Fomento de la contratación a través de Internet y el Correo Electrónico
  • Cumplimiento de la LOPD en lo que respecta a la LSSI
  • Seguridad jurídica para las partes involucradas
  • Mejora de la Imagen de la Organización

TODAS LAS WEBS, DESDE EL AÑO 2003, DEBEN ESTAR ADAPTADAS A LA NORMATIVA, CON RIESGO DE ALTAS SANCIONES SI ÉSTA NO SE CUMPLE.

OBLIGACIONES LEGALES


Las recoge la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico, de 11 de julio, además de observarse con cautela la Ley de Firma Electrónica y la Ley General de Telecomunicaciones y afecta a las organizaciones y personas físicas que tengan una página web en la que se realicen, entre otras:

  • La contratación de bienes o servicios por vía electrónica.
  • La organización y gestión de subastas por medios electrónicos o de mercados y centros comerciales virtuales.
  • La gestión de compras en la red por grupos de personas.
  • El envío de comunicaciones comerciales.
  • El suministro de información por vía telemática.
  • El vídeo bajo demanda, como servicio en que el usuario puede seleccionar a través de la red, tanto el programa deseado como el momento de su suministro y recepción, y, en general, la distribución de contenidos previa petición individual.

Todas las webs desde septiembre del 2003 deben estar adaptadas a dicha normativa, de lo contrario podrán ser sancionadas con multas de hasta 601.101€. Es importante recalcar que las infracciones graves y muy graves pueden incluir la publicación de la resolución en el BOE, en dos periódicos y en la página de inicio del sitio de Internet de la Organización que sea sancionada.

TUS OBLIGACIONES LEGALES


Entre las obligaciones para los Prestadores de Servicios de la Sociedad estas son las más importantes:

  • Proporcionar información detallada en la Web sobre su titular.
  • Notificar las direcciones y nombres de dominio que se utilicen en Internet al Registro pertinente.
  • Cumplimiento de determinados requisitos en relación con la actividad promocional que se lleve a cabo en Internet, como la utilización de la palabra “Publicidad”.
  • Establecer determinados procedimientos en relación con la contratación de servicios y compra de productos «on line».
  • Deber de colaboración con las autoridades y órganos de la administración.

La regulación del régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información y de la contratación por vía electrónica, en lo referente a las obligaciones de los prestadores de servicios, incluye a los que actúan como intermediarios en la transmisión de contenidos por las redes de telecomunicaciones, las comunicaciones comerciales por vía electrónica, la información previa y posterior a la celebración de contratos electrónicos, las condiciones relativas a su validez y eficacia y el régimen sancionador aplicable a los prestadores de servicios de la sociedad de la información.